Apuntes de clases

Clases de filosofía y ciencias bíblicas del Instituto de Humanidades Luis Campino, y la Parroquia de Guadalupe de Quinta Normal.


martes, 26 de febrero de 2019

151).-El vicariato apostólico.- a


Esteban Aguilar Orellana; Giovani Barbatos Epple;Ismael Barrenechea Samaniego; Jorge Catalán Nuñez; Boris Díaz Carrasco; Rafael Díaz del Río Martí;Alfredo Francisco Eloy Barra ;Rodrigo Farias Picon; Franco Antonio González Fortunatti;Patricio Ernesto Hernández Jara; Walter Imilan Ojeda;Jaime Jamet Rojas;Gustavo Morales Guajardo;Francisco Moreno Gallardo; Boris Ormeño Rojas;José Oyarzún Villa;Rodrigo Palacios Marambio;Demetrio Protopsaltis Palma;Cristian Quezada Moreno;Edison Reyes Aramburu; Rodrigo Rivera Hernández;Jorge Rojas Bustos; Alejandro Suau Figueroa; Cristian Vergara Torrealba; Rodrigo Villela Díaz; Nicolas Wasiliew Sala;Marcelo Yañez Garin;Katherine Alejandra del Carmen  Lafoy Guzmán;Paula Flores Vargas; 



Apostolicus Vicariatus Esmeralden(sis) (en latín)

Escudo de  Antonio_Crameri


El vicariato apostólico es un tipo de jurisdicción territorial (iglesia particular) de la Iglesia católica establecida en regiones de misión que aún no se han constituido como Prelatura. Es por tanto de naturaleza provisional, aunque puede durar más de un siglo, pero el objetivo último es que la región genere el suficiente número de católicos y la suficiente estabilidad para que la Iglesia la convierta en prelatura.

Canon 371-1: el vicariato apostólico o la prefectura apostólica es una determinada porción del pueblo de Dios que, por circunstancias peculiares, aún no se ha constituido como diócesis, y se encomienda a la atención pastoral de un Vicario apostólico o de un Prefecto apostólico para que las rijan en nombre del Sumo Pontífice.​

Funcionamiento

El vicariato apostólico es dirigido por un vicario apostólico, que hoy en día suele ser un obispo titular. Aunque ese territorio puede ser clasificado como Iglesia particular, según el canon 371.1 del Código de Derecho Canónico latino, la jurisdicción de un vicario apostólico es un ejercicio vicario de la jurisdicción del Papa, es decir, que el territorio está directamente bajo el Papa como "obispo universal", y éste ejerce su autoridad a través de un "vicario" o delegado. En esto difiere de un obispo diocesano, que deriva su jurisdicción directamente de su puesto.
Como cualquier otra jurisdicción territorial eclesiástica, un vicariato apostólico puede ser administrado por el obispo de una diócesis vecina e incluso por un sacerdote nombrado temporalmente administrador apostólico. Como en cualquier diócesis completamente desarrollada, el vicario apostólico puede nombrar sacerdotes como vicarios para que ejerzan jurisdicción limitada sobre el vicariado apostólico.
Hay que distinguir el vicariato apostólico de la prefectura apostólica, un tipo similar de territorio bajo la dirección de un prefecto apostólico (que es un sacerdote), que aún no está lo bastante organizado para ser siquiera un vicariato apostólico. También existe la misión pura y simple, bajo un superior. La secuencia de desarrollo normal es de misión a prefectura apostólica, a vicariato apostólico y, finalmente, a diócesis postmisionera.
También debe distinguirse de una prelatura territorial y una abadía territorial (o "abadía nullius"): una zona que aún no es diócesis y se encuentra bajo la dirección del abad de un monasterio o de un prelado.

De los 87 vicariatos apostólicos existentes actualmente (abril de 2013), casi la mitad se encuentra en América Latina, 1 en América del Norte, 1 en Grecia y el resto repartidos casi en partes iguales entre África y Asia.

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