Apuntes de clases

Clases de filosofía y ciencias bíblicas del Instituto de Humanidades Luis Campino, y la Parroquia de Guadalupe de Quinta Normal.


lunes, 17 de junio de 2019

167).-Administrador apostólico.



Administrador apostólico.



Celestino Aós Braco O.F.M. Cap. (n. Artaiz, Navarra, España, 6 de abril de 1945) es un obispo católico, psicólogo, profesor, teólogo y filósofo español afincado en Chile. Actualmente desde el 23 de marzo de 2019, al haber sido asignado por papa Francisco, quien lo designó Administrador Apostólico «sede vacante et ad nutum Sanctae Sedis» de la Arquidiócesis de Santiago de Chile.


En la Iglesia católica, un administrador apostólico es un presbítero o un obispo designado por el papa con jurisdicción episcopal para administrar una diócesis que se encuentre en situación de sede vacante, o sea sin su ordinario (obispo o arzobispo residencial).
Generalmente una sede queda vacante por renuncia, incapacidad o muerte del titular. Para tal eventualidad, el Código de Derecho Canónico prevé que el Colegio de Consultores Diocesanos -los presbíteros que forman como el senado del obispo- debe reunirse en el plazo de ocho días a contar desde el día en que se produjo la vacante a fin de elegir un administrador diocesano que rija la diócesis de modo interino hasta que el papa provea la vacante con el nombramiento de un nuevo obispo.
No obstante, en la actualidad y gracias a la facilidad de las comunicaciones, es común que, antes de que el citado Colegio realice tal elección, el papa designe un administrador apostólico para que rija la diócesis, el cual goza de derechos y obligaciones semejantes a las del obispo residencial, exceptuadas aquellas cosas que de tratarse de un presbítero, se excluyen por ser propias del Orden episcopal, y aquellas otras que determina el Código de Derecho Canónico, y que se rigen por la norma genérica que es de aplicación en estos casos: Vacante la sede, nada se debe innovar. 
Cuando se designa un nuevo obispo, en algunas oportunidades, el obispo saliente, tras cumplir 75 años o más, es designado administrador diocesano o apostólico, según su caso hasta el día en que el obispo electo toma posesión de la diócesis. A partir de esa fecha, pasa a denominarse, Obispo Emérito Diocesano o Auxiliar Emérito Diocesano, siendo previamente llamado Dimisionario, misma situación ocurre cuando ese mismo Obispo es nombrado a ocupar el mismo cargo a otra Diócesis, exceptuándose si ha sido Obispo Auxiliar, debiendo dejar el cargo Vacante, al momento de oficializarse el traslado con su respectiva Toma de Posesión Canónica.
Al celebrar la Eucaristía no se hace mención de su nombre en la plegaria eucarística. El nombramiento de administrador apostólico puede recaer sobre cualquier presbítero u obispo, si bien lo normal es que si se trata de un presbítero, éste sea de la misma diócesis, y si de un obispo, que sea uno de los obispos auxiliares, si los hay, o alguno de los prelados de las diócesis limítrofes. En el caso de que el Administrador Apostólico, sea un Sacerdote sin ser previamente ordenado Obispo, puede obtener el cargo de Monseñor, si así procediere.

Naturaleza y rol del Administrador apostólico
Francisco Walker Vicuña, pbro. [1]

En las últimas semanas el Papa Francisco ha nombrado cinco Administradores apostólicos en Chile para regir las circunscripciones de Valparaíso, Rancagua, Talca, Osorno y Puerto Montt. Ellos se suman al Administrador apostólico de Valdivia, nombrado a mediados del año 2017, al quedar vacante dicha sede episcopal por la promoción de su titular al arzobispado de Antofagasta. Es una situación inédita, originada a raíz de la grave crisis producida por los abusos sexuales y de poder que han remecido la Iglesia en Chile. A lo largo de los párrafos que siguen, intentaremos delinear la figura del Administrador apostólico, su sentido y atribuciones, a la luz del Derecho de la Iglesia.

1. Algunas distinciones


Debemos distinguir, ante todo, entre el administrador apostólico que rige una administración apostólica erigida de manera estable, y el Administrador apostólico que rige de modo interino una diócesis u otra circunscripción asimilada a ella (cf. c. 368). En ambos casos, el administrador es un Ordinario (cf. c. 134) que rige una determinada porción del pueblo de Dios y, como lo indica el calificativo de ‘apostólico’, lo hace de modo vicario, a nombre del Sumo Pontífice. La diferencia es que en el primer caso lo hace de modo estable, mientras que en el segundo caso, de modo interino. Pero por mucho que estemos ante una administración estable – o permanente, como se decía en el Código anterior – el que se trate de una ‘administración’ nos indica que no es el deseo de la Iglesia que la figura sea perpetua, ya que cesando las excepcionales circunstancias que la originan, debería constituirse una estructura ordinaria de gobierno.

El Código de Derecho Canónico define la administración apostólica erigida de manera estable como “una determinada porción del pueblo de Dios que, por razones especiales y particularmente graves, no es erigida como diócesis por el Romano Pontífice, y cuya atención pastoral se encomienda a un Administrador apostólico que la rija en nombre del Sumo Pontífice” (c. 371 §1).

 Es una figura que responde a circunstancias muy excepcionales que impiden en un determinado lugar la constitución de las estructuras ordinarias de gobierno de la Iglesia, cuando a la vez es necesario proveer a la cura pastoral de los fieles del lugar. Estas circunstancias que el Derecho califica de ‘especiales y particularmente graves’ han sido en el último tiempo de tipo político o de tipo ecuménico. 
El pastor propio de la administración apostólica es el Romano Pontífice, de quien el Administrador, no necesariamente investido de la condición episcopal, ostenta vicariamente el poder”[2]. 
Este Administrador, aun cuando no goce del carácter episcopal, detenta, sí, la misma potestad de gobierno de un Obispo diocesano, salvo que expresamente se diga otra cosa. Revisando el Anuario Pontificio de este año 2018, existen actualmente en la Iglesia ocho administraciones apostólicas con carácter territorial y una administración apostólica personal[3].
A efectos de comprender mejor la situación de la Iglesia en Chile, nos centraremos en analizar la segunda situación, que es la de la situación canónica en que puede encontrarse transitoriamente cualquier circunscripción eclesiástica cuando el Santo Padre ha designado para ella un Administrador apostólico.

2. El Administrador apostólico como Ordinario interino

Esta figura surgió históricamente en la baja Edad Media, cuando consta de algunos Pontífices que, ante particulares circunstancias que desaconsejaban seguir las normas ordinarias de provisión de una sede vacante, la encomendaron a un Vicario suyo. El Papa Bonifacio VIII declaró reservada esta potestad a la Sede Apostólica. A partir del s. XV, tanto el legislador como la doctrina fueron desarrollando el estatuto jurídico de los administradores[4].
Al referirnos a esta administración temporal, debemos distinguir nuevamente dos posibilidades diversas: la figura del Administrador apostólico ‘sede plena’ y el Administrador ‘sede vacante’. Ninguna de ellas constituyen el régimen normal de gobierno interino de una Iglesia particular, y, por lo mismo, no están contempladas directamente en el Código de Derecho Canónico, pero sí hacen parte de la praxis de la Sede Apostólica.
Un Administrador apostólico ‘sede plena’ es una figura excepcionalísima, que se da cuando el titular de una circunscripción eclesiástica sigue detentando el oficio, pero por particulares circunstancias le es difícil ejercerlo de hecho (p. ej. motivos de salud), o no conviene que lo haga (p. ej. si está siendo investigado penalmente). No es exactamente el caso de la sede impedida, regulada en los cc. 412 – 415, lo que no quita que en tal situación también la Santa Sede podría proveer mediante un Administrador apostólico ‘sede plena’ (cf. c. 413 §1).

 En todos estos casos, la Sede Apostólica puede nombrar un Administrador apostólico que goza de todas las facultades para el gobierno de dicha circunscripción, conservando el titular solo el oficio y quedando suspendidas sus facultades de gobierno. Hace algunos años se dio esta situación en la arquidiócesis de Santiago. Estando el Cardenal Carlos Oviedo Cavada, entonces Arzobispo, muy enfermo, la Santa Sede nombró a monseñor Sergio Valech Aldunate como Administrador apostólico ‘sede plena’, con la fórmula ‘nunc et pro tunc’, es decir, a partir de la fecha, hasta que se le aceptara la renuncia a don Carlos Oviedo[5].

La figura que más nos interesa para nuestro estudio es la del Administrador ‘sede vacante’. Una diócesis u otra circunscripción asimilada a ella puede quedar vacante por fallecimiento de quien la regía, por renuncia aceptada por el Papa, por traslado o por privación del oficio (cf. c. 416). La vacancia de la sede dura hasta que la Sede Apostólica provea al oficio mediante el nombramiento del Obispo diocesano[6]. En el derecho vigente, lo normal es que durante la vacancia episcopal el gobierno de la diócesis recaiga en un Administrador diocesano que es elegido por el colegio de consultores dentro de los ocho días de producida la vacancia (cf. c. 421). Y mientras se constituya este Administrador, el c. 419 establece quién se hace cargo del gobierno de la diócesis en el intertanto. Hasta antes de la entrada en vigencia del Código de 1983, gobernaba de modo interino la sede vacante el Vicario Capitular, el cual era elegido por el cabildo de la iglesia Catedral[7].
Con todo, las normas vigentes en caso de vacancia episcopal rigen a no ser que la Santa Sede provea de otro modo (cf. c. 419). Esta posibilidad – que la Santa Sede establezca otra cosa – debería ser bastante excepcional, en el espíritu de la codificación[8], pero de hecho es empleada con bastante frecuencia. Es aquí cuando surge la figura del Administrador apostólico: un Obispo o un presbítero que gobierna la sede episcopal que está vacante, a nombre del Sumo Pontífice. Los motivos que llevan a la Santa Sede a preferir proveer mediante un Administrador apostólico pueden ser múltiples: la escasez de clero cualificado en la Iglesia particular vacante para asumir su gobierno interino; circunstancias internas o externas a la diócesis que hacen complejo su gobierno; etc. El Administrador apostólico puede ser nombrado por un tiempo determinado o ad nutum Sanctae Sedis.

3. Potestad del Administrador apostólico sede vacante[9]

Si bien el Código vigente, en caso de vacancia episcopal, regula directamente la figura del Administrador diocesano y no la del Administrador apostólico, aplicando el principio de la analogía en caso de una laguna legal (cf. c. 19), se puede inferir que este goza al menos de la misma potestad del Administrador diocesano[10]. En algún caso, como veremos, el mismo derecho le otorga una potestad mayor. Y al ser nombrado por el Romano Pontífice y gobernar la diócesis en nombre de este, el Papa podría, en el mismo acto de nombramiento, otorgarle facultades especiales que excedan las que el derecho común establece para el caso de la sede vacante. De hecho, el Código de Cánones de las Iglesias Orientales, que a diferencia del Código latino vigente sí contempla la figura del Administrador apostólico, señala que “los derechos, obligaciones y privilegios del Administrador apostólico se desprenden de las letras de su nombramiento” (c. 234 §2).
Partamos, entonces, para delinear la potestad del Administrador apostólico, estudiando cuál es la potestad de un Administrador diocesano. Al respecto, el derecho contempla dos disposiciones fundamentales.
 La primera está en el c. 427 §1:El Administrador diocesano tiene los deberes y goza de la potestad del Obispo diocesano, con excepción de todo aquello que por su misma naturaleza o por el derecho común esté exceptuado”. La segunda la recoge el c. 428 §1: “Vacante la sede, nada debe innovarse”.
En primer lugar, por tanto, el Administrador está sujeto a los mismos deberes del Obispo diocesano. El c. 429 lo especifica respecto al deber de residencia y de aplicar la Misa pro populo, lo que no quita que debe también cumplir con los demás deberes propios del oficio episcopal (cf. cc. 381 – 402). Y goza de la misma potestad del Obispo diocesano, es decir, la potestad ordinaria de gobierno necesaria para regir la diócesis, pudiendo hacer todo lo que el Código atribuye al Obispo diocesano. Sin embargo, hay un límite:
 “aquello que por su misma naturaleza o por el derecho común esté exceptuado”. 
‘Por su misma naturaleza’ se refiere a aquellas funciones que requieren la potestad de orden, cuando el Administrador no es obispo. Y lo que ‘por el derecho común le está exceptuado’, son aquellas disposiciones vigentes que expresamente prohíben al Administrador realizar determinados actos. Las veremos más adelante.
Hay una segunda disposición fundamental: el principio sede vacante nihil innovetur recogido en el c. 428 §1. Este principio, más que comportar prohibiciones específicas – las hay, sin duda – implica un criterio general de prudencia y buen gobierno que se expresa en estos dos elementos: 
“continuidad con el modo de proceder del gobierno del Obispo anterior, teniendo en cuenta la situación de interinidad de su función; y no tomar decisiones graves, que se dejarán al futuro Obispo, salvo caso de urgencia real”[11].
 Con todo, pienso que estos elementos deben ser matizados en el caso del Administrador apostólico, ya que esta figura busca responder con bastante frecuencia a situaciones graves de la diócesis – es el caso de algunas de las sedes episcopales chilenas – y, por lo mismo, se requerirá del Administrador decisiones que pueden ser graves y pueden no ir en continuidad con la administración anterior, justamente para responder a la gravedad de la situación que originó la intervención de la Santa Sede. En estos casos, parece muy conveniente que sean explícitamente otorgadas al Administrador ciertas atribuciones en el acto de nombramiento. El principio del nihil innovetur va acompañado, sí, de una explícita prohibición:

“se prohíbe a quienes se hacen cargo interinamente del régimen de la diócesis realizar cualquier acto que pueda causar perjuicio a la diócesis o a los derechos episcopales; concretamente, se prohíbe tanto a ellos como a otros cualesquiera, personalmente o por medio de otros, sustraer, destruir o alterar algún documento de la curia diocesana” (c. 428 §2).

Veamos ahora cuáles son las limitaciones concretas a la potestad del Administrador apostólico. Estas limitaciones son de tres tipos:

 “a) algunos actos simplemente se le prohíben; b) para otros, está sometido a ciertas restricciones que no afectan al Obispo diocesano; c) otros, en fin, solo los puede llevar a cabo después de que ha transcurrido un cierto tiempo en situación de sede vacante”[12].

a) Actos que le están prohibidos: conceder, antes del año de vacancia de la sede episcopal, la excardinación o incardinación, o la licencia para trasladarse a otra Iglesia particular (cf. c. 272); erigir asociaciones públicas diocesanas de fieles (cf. c. 312 1, 3°); convocar un sínodo diocesano (cf. c. 462 §1); conferir canonjías en una iglesia catedral o una colegiata (cf. c. 509 §1); encomendar una parroquia a un instituto de vida consagrada (cf. c. 520 §1); dar dimisorias a quienes le fue denegado el acceso a las órdenes por el Obispo (cf. c. 1018 §2); remover al Vicario judicial y los Vicarios judiciales adjuntos (cf. c. 1420 §5).
b) Actos para los cuales está sometido a ciertas restricciones. No puede, sin el consentimiento del colegio de consultores: remover al canciller y demás notarios (cf. c. 485); conceder, luego de un año de vacancia de la sede episcopal, la excardinación o incardinación, o la licencia para trasladarse a otra Iglesia particular (cf. c. 272). Tampoco puede, salvo verdadera necesidad, abrir el armario o archivo secreto (cf. c. 420 §2). Puede, en cambio, a diferencia del Administrador diocesano, dar las dimisorias para los seculares (cf. c. 1018 §1, 2°).
c) Actos que puede realizar solo después de un año de producida la vacancia de la sede: como ya señalé, con el consentimiento del colegio de consultores, conceder la excardinación o incardinación, o la licencia para trasladarse a otra Iglesia particular (cf. c. 272) y nombrar párrocos (cf. c. 525, 2°). En este último caso, antes del año, solo podría nombrar Administradores parroquiales.

Hay otras situaciones que se han planteado respecto del Administrador apostólico[13]. En el proceso de codificación se discutió, por ejemplo, si en caso de existir en la sede vacante un Obispo auxiliar podía designarse como Administrador un simple presbítero. Si bien en un principio se pensó prohibir esta posibilidad, finalmente ella quedó abierta. Se discute, también, si el Administrador puede intervenir en las reuniones de la Conferencia Episcopal, ya que ésta es “la Asamblea de los Obispos de una nación o territorio” (c. 447). Por el derecho mismo, pareciera que solo el Administrador Apostólico estable, al estar equiparado en el derecho al Obispo diocesano, pertenece a la Conferencia Episcopal y no así un Administrador interino, a no ser que esté investido del carácter episcopal (cf. c. 450 §1). Algunos autores, basados en el c. 427 §1 señalan lo contrario, es decir, que sí podrían participar en la Conferencia. Quizás lo más seguro sea ceñirse a lo que establezcan los estatutos de cada Conferencia Episcopal. El art. 2 de los Estatutos de la Conferencia Episcopal de Chile establece que los Administradores diocesanos sí son miembros de la Conferencia, por lo que a fortiori lo son los Administradores apostólicos.

4. Conclusión

En analogía a la diócesis y al Obispo diocesano, la Iglesia ha ido creando a lo largo de los siglos distintas figuras de organización y gobierno eclesiástico que han permitido una adaptación a situaciones muy diversas y a menudo complejas. Una de estas figuras es la del Administrador apostólico al cual me he referido en los párrafos anteriores. Espero haber podido ayudar a clarificar su comprensión y el alcance de su potestad en una Iglesia particular.


Notas

[1] Sacerdote de la Arquidiócesis de Santiago, Doctor en Derecho Canónico por la Pontificia Universidad Gregoriana de Roma.
[2] Juan Ignacio Arrieta, Canon 371, en Comentario Exegético al Código de Derecho Canónico, Pamplona 2002, Vol II/1³.
[3] Esta última es una figura totalmente nueva, creada el año 2002, cuando la Santa Sede erigió la Administración Apostólica Personal San Juan María Vianney, dentro del territorio de la diócesis de Campos, en Brasil, para reincorporar a la plena comunión con la Iglesia a un grupo de fieles seguidores de Mons. Antonio de Castro Mayer, quien había sido excomulgado el año 1988 por su participación en la consagración de cuatro obispos por Mons. Marcel Lefebvre sin mandato pontificio.
[4] Cf. José Landete Casas, Administración apostólica, en Diccionario General de Derecho Canónico, Vol. I, Pamplona 2012.
[5] Y cuando la Santa Sede le aceptó la renuncia y procedió a nombrar al entonces obispo de Valparaíso, Mons. Francisco Javier Errázuriz Ossa como Arzobispo de Santiago, Mons. Sergio Valech pasó a ser Administrador apostólico ‘sede vacante’ – la figura que veremos a continuación – hasta que Mons. Errázuriz tomó posesión de la sede arzobispal de Santiago.
[6] O su equivalente, en el caso de otras Iglesias particulares asimiladas a la diócesis (cf. c. 368). A partir de ahora, tomaremos como referente la diócesis, sabiendo que lo que digamos se aplica también a esas otras Iglesias particulares, las cuales podrían estar regidas por un presbítero, el cual gozando de potestad de jurisdicción episcopal, no goce del carácter episcopal.
[7] En Chile fue famosa la vacancia arzobispal en Santiago con posterioridad al fallecimiento del Arzobispo Rafael Valentín Valdivieso, el año 1878, por todo el conflicto que se generó entre la Iglesia y el Estado. Durante los ocho años que duró la vacancia de la arquidiócesis, esta fue gobernada por Mons. Joaquín Larraín Gandarillas, como Vicario Capitular.
[8] Se puede colegir el carácter excepcional de esta figura en la mente del legislador en el hecho que, a diferencia del Código anterior, el vigente cuerpo legislativo no contempla expresamente la figura del Administrador apostólico como figura transitoria – sí, como señalamos, la del Administrador apostólico estable – y solo lo menciona indirectamente a propósito de otras disposiciones (p. ej., el c. 1018 §1, 2°, al tratar de las letras dimisorias). El Código de 1917, en cambio, dedicaba un capítulo entero titulado “De los Administradores Apostólicos”, que abarcaba los cc. 312 – 318, y se refería tanto al Administrador ‘sede plena’ como ‘sede vacante’.
[9] Una vez más, recuerdo que es distinta la figura del Administrador apostólico en sede vacante, que es la que ahora estudiaremos, del Administrador de una administración apostólica establemente erigida. Este último está equiparado en derecho al Obispo diocesano, por lo que en principio goza de su misma potestad (cf. c. 381 §2).
[10] Se infiere por el carácter interino de la figura, y también, en continuidad con la tradición canónica, porque así lo señalaba expresamente el Código Pío-benedictino. En efecto, el Código anterior distinguía entre el Administrador apostólico constituido con carácter permanente, el cual gozaba “de los mismos derechos y honores y tiene idénticas obligaciones que el Obispo residencial” (c. 315 §1) y el Administrador apostólico con carácter temporal, el cual tenía “los mismos derechos y deberes del Vicario Capitular” (§2). Ya sabemos que el Vicario Capitular era en el antiguo derecho el equivalente a lo que hoy es el Administrador diocesano.
[11] Carlos Soler, Cánones 427 – 428, en Comentario Exegético al Código de Derecho Canónico, Pamplona 2002, Vol II/1³.
[12] Ibid. El Código regula directamente estas limitaciones para el Administrador diocesano. En algún caso, como señalaremos, el Código indica expresamente que una determinada limitación no se aplica, o se aplica de otro modo, al Administrador apostólico. Y bien podría suceder que la Santa Sede, en el acto de nombramiento de este último, le otorgue expresamente la facultad de realizar aquello que por derecho común le estaba limitado.
[13] Respecto de lo señalado en este párrafo, cf. Pietro Amenta, Administrador diocesano, en Diccionario General de Derecho Canónico, Vol. I, Pamplona 2012




Vino de Israel

 


Vino israelí de la región de Galilea.


El vino se ha producido en Israel desde tiempos bíblicos, incluso, mucho antes que en Europa. Actualmente, se encuentra en Israel una gran variedad de productoras de vino, desde pequeñas bodegas hasta grandes compañías.

La industria moderna del vino israelí fue fundada por Edmond de Rothschild, dueño de Château Lafite Rothschild.
 Ahora, el país está dividido en seis regiones productoras: Galilea (הגליל Ha-Galil), una región muy apropiada para la viticultura, debido a su elevación, sus brisas frescas, las marcadas diferencias entre temperatura nocturna y diurna, y sus suelos bien drenados; los montes de Judea (הרי יהודה Harei Yehuda) que rodean Jerusalén; Sansón (שמשון Shimson), localizada entre los montes de Judea y la llanura costera; la llanura de Sharon (שרון), entre la costa mediterránea y el sur de Haifa, que es la mayor zona productora de uvas en la región, y los Altos del Golán (רמת הגולן Ramat HaGolán).

Nota.Israel produce vino kosher
El vino kosher, el único que puede beber un judío religioso, se obtiene con estrictos preceptos desde el cultivo hasta el embotellamiento.

EFE · JERUSALÉN ·
 06 DE SEPTIEMBRE DE 2019 

Elaborar un vino sin productos animales o lácteos y que en su proceso de maceración esté solo en contacto con judíos religiosos son algunos de los requisitos que certifican que es kosher y cumple las normas de alimentación del judaísmo, como alrededor del 95% de los vinos producidos en Israel.

Este es el único vino que puede beber un judío respetuoso con la Torah, y por supuesto incluye la ceremonia de la Fiesta de la Pascua, que fue la que celebró Jesús con sus discípulos antes de sufrir el juicio y la crucifixión, fiesta conocida como la "última cena".

El producto final no es notoriamente distinto a los vinos que no son kosher, tiene el mismo sabor y, como el resto, la bebida "puede ser de buena o de mala calidad", pero sus diferencias radican en el proceso de producción y en el hecho de que reciba un certificado que lo acredite como tal, señala el viticultor Jacob Ner-David.

En su bodega en el corazón de la región bíblica de Galilea, a poca distancia del pueblo de Kafar Kana, donde la tradición cristiana establece que Jesus convirtió el agua en vino, supervisa Ner-David (tocado con una kipá) los barriles de madera llenos de vino elaborado según las reglas de la religión judía.

Desde que comenzó su aventura en el mundo del vino en 2012 con la Bodega Jezreel Valley, este viticultor originario de Jerusalén produce unas 100.000 botellas al año de distintos tipos de vino que mantienen su sello kosher, y que exporta en un 70% al extranjero.

El mercado del vino kosher está orientado tanto a consumidores que son judíos religiosos como a los que no. La media de su consumo en Israel sigue siendo una de las más bajas del mundo, por lo que sus productores buscan difundir la cultura vitícola entre su población, pero también exportan para dar salida a sus botellas.

"El vino ha sido usado durante miles de años con fines espirituales, y es central para el cristianismo y el judaísmo", comenta este agricultor que, asegura que esta fue uno de las razones que le motivó revitalizar la producción vitícola en la Galilea.

Según Ner-David, una parte importante de sus compradores son judíos practicantes, "que solo beben vino con certificado kosher" aunque, concreta, estos no se producen solo en Israel y las bodegas del país deben competir con empresas de Estados Unidos, Francia, Chile o Nueva Zelanda, que dirigen estratégicamente sus ventas a fieles judíos.

Un proceso riguroso

La guía anual de vinos israelíes de Daniel Rogov -histórico crítico gastronómico y experto en viticultura ya fallecido- explica los requisitos imprescindibles para que los vinos sean aceptados como religiosamente aptos.

En primer lugar, las uvas para su elaboración no pueden utilizarse hasta que hayan pasado cuatro años de la primera siembra de los viñedos. Además, no puede haber otras frutas o verduras que se cultiven entre las hileras de viñas, y los cultivos se deben dejar en barbecho cada siete años, por lo que todos tienen que pasar un "un año sabático".

Desde el inicio de la cosecha, solo se pueden usar herramientas que sean kosher, igual que las instalaciones de almacenamiento o los barriles donde se lleve a cabo la elaboración del vino. El material de trabajo se debe limpiar para asegurarse "de que no queden objetos extraños" en ningún lugar.

A partir del momento en que las uvas llegan a la bodega para empezar el proceso de vinificación, solo se permite a judíos observantes que cumplen con el Shabat (jornada de descanso) estar en contacto con el producto.

Muchos viticultores no pueden estar personalmente en contacto con el vino mientras se elabora, al no ser estrictamente religiosos, por lo que contratan para las tareas técnicas a judíos ortodoxos.

Por último, hay otra regla a tener en cuenta: durante los tiempos del Segundo Templo de Jerusalén "había una tradición que establecía que una parte del vino que se producía se debía dar a los sacerdotes, a los rabinos y a los pobres", explica Ner-David.

Cuando se restauró estas últimas décadas la industria vitícola en Israel, se estableció que una parte de la producción, alrededor del uno por ciento, que antes se entregaba como diezmo al Segundo Templo, destruido el año 70 por los romanos, sería ahora derramada en el suelo como ofrenda simbólica, una última característica que convierte el vino en enteramente kosher y, por tanto, bebible para los más religiosos.

Israel produce vinos de la época de Jesús y del Rey David

Agencia AJN.- La Agencia AJN visitó el laboratorio de análisis de vino en la ciudad de Ariel, donde se encargan de analizar las semillas que se utilizaban durante la época de Jesús y del Rey David. “Cuando recogimos viñedos, creíamos que pertenecían a algún europeo. Pero cuando vimos que eran autóctonos, israelíes, llegamos al cielo”, destacó Elyashiv Drori, encargado del Departamento de Ingeniería Química y Biotecnología de la Universidad de Ariel.

l 24 agosto, 2022

Agencia AJN.- La Agencia AJN visitó el laboratorio del Departamento de Ingeniería Química y Biotecnología de la Universidad de Ariel, donde se analiza el vino y las investigaciones arqueológicas que dieron paso a la industria vinícola israelí de hoy en día. “En todo país donde hay vino, hay una historia, y este es el vino de Jesús y del Rey David”, aseguró Elyashiv Drori, encargado del Departamento y de este emprendimiento junto al Keren Kayemet.

Hace menos de una década, cuando Drori notó la inusual presencia de viñedos que crecían silvestres cerca de su casa, identificó más de cien variedades autóctonas. De esta manera, pudo producir los vinos que se consumían hace miles de años en la Tierra de Israel, a diferencia de las variedades que llegaron desde Europa.

La historia del vino en Israel tiene una larga trayectoria que refleja también períodos históricos del territorio que hoy es el Estado de Israel. La bebida, tal como la conocemos hoy, no es la misma que se tomaba en la época del Rey David o de Jesús. No obstante, recientemente un trabajo de investigación, arqueología y biotecnología posibilitó a científicos de la Universidad de Ariel revivir los mismos vinos que se bebían en épocas anteriores.



Hace 150 años, el Barón Rotschild comenzó nuevamente la industria vinícola en Israel. Él era rico, dueño de dos de los mejores viñedos del mundo y envió sus especialistas a Israel para intentar crear la industria de vino. «Aquí estaban los colonos, y qué iban a hacer además de leer la Torah, tenían que trabajar, por eso decidieron crear viñedos. Cuando los hombres de Rotschild llegaron vieron que era un desastre, que no había historia en esta rama. Porque los musulmanes no pueden hacer ni beber vino y por esto destruyeron todos los viñedos», relató Drori.

En los años 900 comenzaron a gobernar la zona y en un momento determinado destruyeron toda la industria. Cuando llegó Rotschild, sus especialistas vieron que no había nada de dónde se podía empezar.

De esta manera, el Barón Rotschild llevó de Europa variedades que sabía que eran buenas, como el Cavernet Sauvignon, Merlot y comenzó a hacer vino. Esta industria, con su ADN, sigue hasta el día de hoy.

«Los musulmanes no pueden hacer ni beber vino y por esto destruyeron todos los viñedos.»

Seis años atrás llegamos a la conclusión de que no se puede continuar así, contando historias del Tanaj (Biblia). Entonces empezamos a buscar zona por zona, especialmente en zonas de ríos o aldeas abandonadas. Lugares donde teníamos rastros o información y, al día de hoy, tenemos cerca de 600 en todo el país donde hay vid. Acá controlamos su ADN para comprender con profundidad que es un vid especial de Israel y no otra cosa”, desarrolló.

A finales del período del Segundo Templo se utilizaron Chandali y chendali para hacer vino y hasta hoy los árabes lo utilizan como comestible, pero no para la producción de vino. En arqueología se muestran hallazgos de la época del Rey David. “Encontramos cosas así en todo el país. Los traemos al laboratorio y tomamos fotografías y luego chequeamos el ADN de los hallazgos arqueológicos”, explicó Drori.

El vino en Israel

Este importante laboratorio en Ariel, una zona donde hay muchos productores de vinos, se ocupa, principalmente, de analizar el vino -color, nivel de alcohol, entre otros-, pero también de investigarlo. “Nosotros investigamos por ejemplo ¿cuál es la influencia de la dilución de uvas en comparación a un viñedo en el que no le hicieron dilución? Traemos las uvas, hacemos vinos chicos y chequeamos cuál es mejor”, detalló Drori a la Agencia AJN.

En los 80 funcionaba en Rejovot el Instituto del Vino, que realizaba investigaciones. Sin embargo, en los últimos diez años dejó de trabajar por falta de fondos y ahora simplemente se dedica a hacer análisis en favor de la producción e importaciones. “Las investigaciones no dan rédito económico. A nosotros nos cuesta mucho porque en nuestro país, el mercado del vino creció mucho y debemos dar respuestas para que la rama del vino pueda desarrollarse y avanzar”.

“¿Cómo puede un vid sobrevivir en un desierto, donde hay solo 20 milímetros de lluvia anual? Al parecer tiene genes tan fuertes que son resistentes a la sequedad. Esto es nuestro próximo paso: lograr variedades que sean fuertes en Israel para que después ayuden al mundo.”

En todo país que hay industria del vino, como Argentina, Francia, España e Italia, hay universidades que se ocupan de su análisis e investigaciones. Sin embargo, la Universidad de Ariel es la única institución seria de Israel que se encarga de esto.

“Poseemos una fuente de información internacional de 300 variedades, y si nuestra vid no es compatible con alguna ya existente, eso es signo de que es especial de Israel. Tenemos 70 variedades que no existen en otro lugar del mundo y tenemos muchos estudiantes que cada uno se encarga de un aspecto diferente. Chequean cómo se desarrolla, su fenología, otros sobre qué vino se puede hacer, qué aromas tiene cada vino”, siguió explicando.

En el proceso que realizamos para identificar variedades antiguas desarrollamos muchas técnicas como, por ejemplo, la identificación morfológica con cámaras que no eran conocidas anteriormente. Este proceso podría servir de ejemplo para todo el mundo”, destacó y se preguntó: “¿Cómo puede un vid sobrevivir en un desierto, donde hay solo 20 milímetros de lluvia anual? Al parecer tiene genes tan fuertes que son resistentes a la sequedad. Esto es nuestro próximo paso: lograr variedades que sean fuertes en Israel para que después ayuden al mundo”.

La semilla de la época del Rey David.

“Cuando recogimos viñedos y no sabíamos que eran israelíes, creíamos que pertenecía a algún europeo. Cuando encontramos uvas pequeñas estábamos seguros de que eran europeas, pero cuando recibimos los primeros resultados y vimos que eran israelíes, llegamos al cielo”, expresó el también investigador de vid y enología.

En 2007, un empresario de Miami se comunicó con el laboratorio, interesado en invertir diez millones de euros y desarrollar el producto comercialmente. “Yo no estoy interesado. Mi objetivo es que la industria vinícola israelí se fortalezca, no dársela a alguien de afuera. Si yo ahora se la doy a otro país, la comercializan en un segundo, porque este también es el vino de Jesús, no solo del Rey David”, remarcó Drori.

“Nosotros queremos ayudar a que el vino israelí sea más profesional, con mejores controles y una producción más inteligente. La competencia hoy es tanto en precios, como en calidad. Cuando miramos la industria vinícola entendemos que tenemos que dar respuesta a otras cosas y una de ellas es la historia. En todo país donde hay vino, hay una historia”, aseguró.




Planeta de los simios
 


 Que pensaba cuando visito el zoologico vio las jaulas de humanos.

Cuando Zira llevó al protagonista (Ulises Mérou) a visitar el Jardín Zoológico y la sección de exhibición humana, las reflexiones y observaciones sobre ese ambiente ponen de manifiesto aspectos clave del planeta Sóror:  .

Dignidad invertida y habituación: Al observar a los seres humanos exhibidos en las jaulas al aire libre para el entretenimiento del público simio, Ulises nota cómo los hombres y mujeres cautivos habían aceptado por completo su papel de animales de exhibición. No mostraban vergüenza, angustia ni deseos de escapar; vivían despreocupados en la ignorancia, atendiéndose únicamente a sus necesidades físicas y comida.

La degradación de la condición humana: A diferencia de la sección de investigación científica del laboratorio donde él estuvo encerrado, las jaulas del zoológico estaban diseñadas para el espectáculo público. Para los simios (los visitantes, familias y niños simios que les arrojaban golosinas), los humanos no eran más que bestias pintorescas, desprovistas de razón, alma o lenguaje.  

El contraste con el profesor Antelle: En ese mismo paseo por el zoológico ocurre uno de los momentos más trágicos de la novela: Ulises descubre que su admirado mentor, el sabio profesor Antelle, se encuentra encerrado en una de las jaulas del zoológico. Al intentar comunicarse con él esperando encontrar una mente racional, Ulises se da cuenta con horror de que Antelle ha sucumbido por completo al condicionamiento y a la comodidad del cautiverio, comportándose como una bestia más, sin memoria ni rasgo alguno de intelecto.

Para la sociedad de los simios, las jaulas del zoológico representan el lugar natural para una especie que renunció a su propia capacidad de pensar, reduciendo al ser humano a un mero objeto de curiosidad pasiva.

Ulises Mérou que penso cuando fue a peluqueria para mascotas, y lo peinaron, en lugar habia varias mujeres mascotas y niñas, atendidas por simios y en jauladas

En la novela El planeta de los simios (La Planète des singes) del autor francés Pierre Boulle, Ulises Mérou experimenta una mezcla de humillación, desconcierto, alienación e ironía cuando es llevado al instituto o establecimiento de estética/peluquería para mascotas humanas.

Durante esta escena, Ulises experimenta los siguientes pensamientos y sentimientos:

Inversión de roles y humillación: Reflexiona profundamente sobre la inversión del orden natural de la Tierra. Acostumbrado a que los seres humanos sean los dueños y los animales las mascotas, ver a simios vestidos con trajes de peluquero peinándolo, cortándole el pelo y acicalándolo como si fuera un perro de concurso o un animal de compañía le resulta sumamente chocante y humillante.

Reflexión sobre el trato a los hombres y mujeres «salvajes»: Observa con extrañeza a las mujeres humanas y niñas que están allí enjauladas o retenidas mientras son atendidas y acicaladas. Le impacta cómo las mujeres humanas de ese planeta aceptan el trato de manera dócil e instintiva, comportándose como animales domados o mascotas mimadas por sus amos gorilas o chimpancés, sin la capacidad ni la noción de la dignidad humana o de rebelión.

Conciencia de su superioridad intelectual oculta: Aunque se deja peinar y atender por los simios para no levantar sospechas sobre su verdadera inteligencia (ya que ocultaba que poseía capacidad de razonamiento e idioma antes de revelarlo a las autoridades científicas simias), por dentro piensa con lucidez sobre la ironía de la situación: él es un hombre culto, periodista e intelectual terrestre, reducido a la condición de un espécimen o mascota de exhibición.

Observación de la sociedad simia: Analiza la refinada pero mimética cultura de los simios. Ve cómo imitan a la perfección la civilización humana hasta en los detalles más cotidianos y vanidosos (como los centros de cuidado estético para animales), utilizando a los humanos salvajes como sus juguetes o mascotas de compañía.

Ulises Mérou visitando con su ama Zira la tienda de mascotas, le compro una cama para hombres, que pensaria. Ademas compro un arnes para mascotas, le gusto el regalo, para evitar cadena en collar. En tienda habia jaulas donde se estaban niños y niñas en venta.

El pasaje plantea un fuerte contraste dentro de la distopía de El planeta de los simios (La Planète des singes, de Pierre Boulle), explorando la perspectiva de Ulises Mérou frente a la inversión de roles entre humanos y simios:

La cama para hombres y los pensamientos de Ulises:

Incertidumbre y sumisión forzada: Ulises experimenta una mezcla de humillación, resignación e inquietud. Aunque el gesto de Zira de comprarle una cama adaptada proviene de la compasión y el afecto que le tiene como «mascota destacada» o espécimen de estudio, para Ulises representa la materialización de su estatus de cautivo.

Reflexión sobre la condición humana: Ulises piensa en cómo los simios han domesticado a la humanidad de Soror. Comprar una «cama para hombres» acentúa la visión que los simios tienen de los humanos: seres irracionales que requieren comodidades animales básicas en lugar de dignidad humana.

El arnés en lugar de la cadena:

Recepción del regalo: Ulises prefiere y aprecia el arnés por encima de una cadena al cuello. Aunque sigue siendo un instrumento de sujeción y control, la correa con arnés distribuye la presión de manera menos abrasiva y reduce la sensación inmediata de estrangulamiento e infamia física.

Afecto ambiguo: El gesto de Zira demuestra consideración hacia su bienestar físico, lo cual refuerza el vínculo ambiguo entre ambos: ella lo trata con la mayor amabilidad que la sociedad simia permite hacia un animal doméstico o de laboratorio.

Las jaulas con niños y niñas en venta:

El horror de la normalización: La escena de los niños y niñas exhibidos en jaulas dentro de la tienda de mascotas causa un profundo impacto psicológico en Ulises. Ver a crías humanas mercantilizadas y expuestas en aparadores como cachorros expone la crueldad intrínseca del sistema simio.
Paralelismo con el trato animal humano: Esta imagen actúa como un espejo invertido del mundo humano, donde el tráfico y exhibición de jóvenes de otra especie se considera habitual dentro de la industria de mascotas, remarcando la deshumanización absoluta que rige en el planeta Soror.

Cuando andaba en el parque de la ciudad de monos del planeta de los simios, vio mona niña con su mascota humana niña con un collar, desnuda caminando con ama

Esa escena del parque y los paseos en la ciudad simia de El planeta de los simios condensa varios de los temas centrales y más perturbadores de la novela de Pierre Boulle:

La inversión del rol de «mascota» y la pérdida de pudor:

Al ver a una joven simia paseando a una niña humana desnuda y sujetada con un collar o correa, Ulises Mérou experimenta una intensa sacudida psicológica. En la sociedad del planeta Soror, los humanos carecen de lenguaje articulado, ropa y sentido del pudor, habiendo descendido a un estado puramente animal.

Para los simios, llevar a un humano desnudo con collar por un espacio público es tan cotidiano e inofensivo como para los humanos pasear a un perro en un parque.

La mirada de Ulises (el observador alienado):

Ulises contempla la escena con una mezcla de horror, fascinación y vergüenza. Como hombre de la Tierra que conserva el intelecto y la cultura humana, presenciar la naturalidad con la que la niña simia trata a la pequeña humana le evidencia lo arraigada que está la jerarquía de especies en ese planeta.

La desnudez de la niña humana no responde a un acto de degradación maliciosa por parte de sus dueños, sino a la convención simia de que los humanos no necesitan vestimenta ni poseen noción de la vergüenza moral.

La ternura distorsionada del ama:

La niña simia demuestra afecto hacia su mascota, cuidándola, acariciándola y mostrándola con orgullo a otros paseantes. Sin embargo, este «cariño» resulta espeluznante para Ulises, pues pone de manifiesto que el amor que los simios sienten por los humanos es puramente paternalista y condescendiente, exactamente igual al que en la Tierra se le profesa a un animal doméstico.

Símbolo de la sociedad de Soror:

Escenas como esta en el parque, junto con las visitas a las tiendas de mascotas o las peluquerías de animales, refuerzan el impacto satírico de la obra: obligan al lector humano a ponerse en el lugar del animal dominado y domesticado, cuestionando la arbitrariedad de las nociones de superioridad y civilización.



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