Apuntes de clases

Clases de filosofía y ciencias bíblicas del Instituto de Humanidades Luis Campino, y la Parroquia de Guadalupe de Quinta Normal.


jueves, 18 de julio de 2019

176).-La iglesia de San Francisco.


Esteban Aguilar Orellana; Giovani Barbatos Epple;Ismael Barrenechea Samaniego; Jorge Catalán Nuñez; Boris Díaz Carrasco; Rafael Díaz del Río Martí;Alfredo Francisco Eloy Barra ;Rodrigo Farias Picon; Franco Antonio González Fortunatti;Patricio Ernesto Hernández Jara; Walter Imilan Ojeda;Jaime Jamet Rojas;Gustavo Morales Guajardo;Francisco Moreno Gallardo; Boris Ormeño Rojas;José Oyarzún Villa;Rodrigo Palacios Marambio;Demetrio Protopsaltis Palma;Cristian Quezada Moreno;Edison Reyes Aramburu; Rodrigo Rivera Hernández;Jorge Rojas Bustos; Alejandro Suau Figueroa; Cristian Vergara Torrealba; Rodrigo Villela Díaz; Nicolas Wasiliew Sala;Marcelo Yañez Garin;Katherine Alejandra del Carmen  Lafoy Guzmán;Paula Flores Vargas; 


La iglesia de San Francisco.





La iglesia de San Francisco. Es un templo religioso de culto católico y antiguo convento bajo la advocación de San Francisco de Asís en el centro de la capital nacional y mayor conurbación de Chile, Santiago.
La iglesia se localiza en el costado sur de la Alameda del Libertador Bernardo O'Higgins, la principal avenida de la ciudad, y entre las estaciones Universidad de Chile y Santa Lucía de la Línea 1 del Metro de Santiago.
La iglesia y convento es el monumento arquitectónico más antiguo existente en la actualidad en el país y data de la época colonial. En la actualidad, el convento es un museo con diversas reliquias de la religiosidad y el arte colonial. Desde 1951 ha sido considerado Monumento Nacional y en 1998 fue presentado por las autoridades chilenas en la Unesco como candidatas a ser considerada Patrimonio de la Humanidad.​

Arquitectura.

Vista del interior de la iglesia, con el altar mayor de fondo.


El templo originalmente era en planta de cruz, construida con grandes bloques de piedra. A fines del siglo XVIII se le erigieron en ladrillo naves laterales, perdiendo la forma de cruz y adquiriendo la rectangular que presenta actualmente. La estructura de la techumbre es de madera y las tejas de arcilla. El artesonado que decora la nave central es uno de los elementos más notables de la iglesia; es de estilo mudéjar y su construcción comenzó en 1615. También merece especial mención la puerta que comunica la sacristía con el claustro; en tres hojas que llenan 5 por 3 metros, es de madera de ciprés prolijamente tallada.
Los claustros tienen muros de adobe; la techumbre y la tabiquería del segundo piso son de madera, en tanto la arquería que enmarca los corredores exteriores -sostenida por macizas columnas toscanas, es de ladrillo. Los claustros albergan hasta hoy obras de arte de gran valor. Destacan entre ellas los 42 lienzos de la escuela cuzqueña que representan la vida de San Francisco, y que datan de la segunda mitad del siglo XVII. Actualmente funciona en estas dependencias el Museo de Arte Colonial, que alberga una de las mayores colecciones de arte colonial del continente.

Historia

En 1541, el conquistador Pedro de Valdivia fundó Santiago de Nueva Extremadura entre los brazos del río Mapocho. Tras la fundación de la ciudad, Valdivia solicitó al cabildo la sesión de un solar de tierra para establecer una ermita para la imagen de la Virgen del Socorro que transportaban sus huestes; el cabildo aceptó la propuesta y cedió los terrenos al borde del brazo sur del Mapocho (conocido como La Cañada) por considerarlos un "paraje lejano y peligroso".

La ermita fue administrada por la Orden de la Merced, quienes luego viajaron al sur acompañando a las huestes que iban a conquistar la Araucanía. En 1544, la Orden Franciscana solicitó la cesión de la ermita y de trece solares adjuntos a la congregación con el compromiso de la construcción de un templo para resguardar la figura de la Virgen. Los franciscanos ocuparon los terrenos de los mercedarios incluso después de que estos volvieran en 1554. La cesión fue finalmente aceptada por las autoridades coloniales y en 1575 se dio inicio a la construcción del templo con mano de obra indígena. El primer templo de adobe fue completamente destruido tras un temblor ocurrido en 1583. Los trabajos se reiniciaron y el 23 de septiembre de 1595, la figura de la Virgen del Socorro se coloca en la iglesia, que lleva dos tercios de la nave construida y parte del crucero.
La construcción de la iglesia finaliza en 1613. La iglesia, con planta de cruz latina y muros de piedra, cuenta con una torre, techo artesonado y sacristía. En los años posteriores se da inicio a la construcción del convento aledaño, compuesto por dos claustros construidos en 1628. Sin embargo, el Terremoto Magno del 13 de mayo de 1647 dañó gravemente el edificio, el cual perdió su torre y el segundo piso de los claustros.
Rápidamente, fue reconstruida la torre y la iglesia siguió ampliándose. Se amplió un claustro, se construyeron dos nuevos y se instaló una enfermería en los conventos, mientras que en el templo se instalaron varias capillas laterales en su interior y un refectorio. Mientras en el exterior, huertos y jardines adornaban los alrededores, en el interior se instalaron elementos de arte colonial como la serie de cuadros de la vida de San Francisco de Asís, creada por Basilio Santa Cruz y traída desde el Perú en 1684.
En 1730, un nuevo terremoto azotó a la ciudad y los daños producidos en la torre forzaron a su demolición en 1751. Una tercera torre es construida y en 1758 se inaugura la portada principal de la iglesia diseñada con piedra sillar. En 1828 se pavimenta el piso de la iglesia con ladrillo, se instalan mámparas y la cajonería de la sacristía, realizada en caoba. Nuevamente, la torre de la iglesia es demolida en 1854 que es reemplazada por una diseñada por el arquitecto Fermín Vivaceta. La actual torre, terminada en 1857, cuenta con un reloj de cuatro esferas y su arquitectura es de características decimonónicas que logran armonizar con los rasgos coloniales presentes en el resto del templo.
La iglesia sigue expandiéndose durante fines del siglo XIX. Se completa la nave lateral sur y en 1865 se transforma la fachada de la iglesia. Posteriormente, se reparan las cubiertas de la iglesia y el claustro principal y en 1881 se reemplaza el antiguo altar de características barrocas por el actual, mientras se coloca mármol en las graderías del presbiterio, se repara el artesonado, se instalan figuras de yeso y decoración pintada y finalmente se estuca y decoran los muros internos y externos del templo. En 1895 se construye una capilla menor en la esquina nororiente de la iglesia, que completa la planta actual de forma rectangular.
Con la llegada del siglo XX, la Orden Franciscana comienza a sufrir problemas económicos, lo que la obliga a ceder gran parte del convento. La demolición de los claustros interiores se inicia en 1913 para luego dar forma al actual Barrio París-Londres. En 1929 sería creada una nueva fachada hacia la recién creada calle Londres. Con el fin de preservar el sitio, la iglesia fue declarada Monumento Nacional a través del Decreto Supremo 5058 del 6 de julio de 1951.
En 1960 se funda el Comité Pro-Restauración de San Francisco y en 1969 se abre el Museo de Arte Colonial de San Francisco. Entre 1972 y 1974 fueron restaurados la fachada, la torre y el órgano del templo. La restauración continuaría en 1986 luego de los graves daños que el terremoto de Santiago de 1985 causó a las naves laterales, el reloj y el dintel de entrada del coro del convento. En los años siguientes también fueron restauradas las obras de arte, especialmente el "Árbol Genealógico de la Orden Franciscana".
En septiembre de 2018, el templo celebró 400 años de su inauguración. Con este motivo, el Papa Francisco le concedió a la orden franciscana el privilegio de celebrar un Jubileo extraordinario durante todo 2018 y 2019. Así, quien visite el templo durante este período puede obtener la indulgencia plenaria bajo las normas establecidas por el derecho canónico.




Regalo del Zar



La primera edición “príncipe” oficial del texto del código civil ruso, si hubiera sido publicado en 1905 por el emperador Nicolas II, se la regalaria como Gran Duque de Firlandia a Alexandra Gripenberg, conocida como Alexandra van Grippenberg (Gran Ducado de Finlandia,1857 - 24 de diciembre de 1913) fue una activista social, autora, editora, editora de periódicos y política electa de Finlandia ;  en el año 1906 por ser elegida parlamentaria, ademas  una botella de vino caro frances, una caja de bombones belgas,  flores perfumadas, ademas de nota en frances cortesano firmada por su Soberano. 

Que pensaria o reacionaria esta mujer por regalo. Se comeria los bombones y tomaria el vino, que haria con el libro. Que pensaria de su situacion juridica como mujer con promulgacion de este codigo.

La edición poligrata de lujo y numerada, impresa por la Imprenta del Estado, en ruso,firlandes, y sueco.  
En la portadilla, está entronizado el  Emperador Nicolás II, con una corona Imperial, el cetro imperial, la espada de Estado y un ejemplar del código civil. 
Los emblemas de las espadas y las balanzas de la Justicia, los escudos de casa  Reinos y las provincias del Imperio, representado en el Gran escudo del Imperio, están  repartidos por las páginas del texto en forma individual cada blasón .
En el mensaje de la promulgación, el monarca dice que el código busca el bien común de la sociedad, la justicia, la felicidad,  el fortalecimiento del derecho, el progreso y modernización de la sociedad  y el respeto de la tradición de los pueblos del Imperio, había una necesidad de cambio, las leyes derogadas eran confusas, anticuadas, y venían desde la época medieval, el código adaptó las reglas civiles a las costumbres rusas a la modernidad, con esta codificación se sistematiza y simplifica el derecho privado ruso, se reduce el volúmenes de Código de leyes del Imperio, que era enorme y difícil de usar por los juristas y el público en general.
En el articulado de las páginas del libro están los grabados de los grandes juristas del derecho civil: Bernhard Windscheid, Otto von Gierke, Gottlieb Planck, Heinrich Gebhard, Rudolf von Jhering, Papiniano, Ulpiano, Paulo, Gay, Modestino, Jean-Étienne-Marie Portalis, François Denis Tronchet, Félix Julien Jean Bigot de Préameneu, Jacques de Maleville, Robert-Joseph Pothier, Jean Domat; Los grandes legisladores: Justiniano,León VI el Sabio, Iván IV "El Terrible", Alekséi Mijáilovich, Pedro I "El Grande",Catalina II "La Grande," Nicolás I y Alejandro II; Los codificadores bizantinos: Triboniano, Teófilo y Doroteo.
En una página del libro aparece un grabado, de la misma pintura el "Ataque" de Edvard Isto, pero aparece la doncella finesa junto con el águila rusa, con el  libro de leyes de Finlandia y el código Civil ruso.
En una página está un ex-libris con el  nombre del dueña Maria ( Maikki ) ,  con letra de oro.  

Las disposiciones del título preliminar del Código Civil, que determinan los efectos de las normas jurídicas, los principios del derecho y sus reglas de aplicación; las normas que regulan el Derecho internacional privado; los plazos legales, judiciales, administrativos, o contractuales; Se declara que el  sistema de medidas y pesas es el métricas; El  calendarios Juliano y  gregoriano son declarado oficial; Los idiomas oficiales son el ruso y los demás co-oficiales  en los territorios locales, donde son reconocido por ley; las normas que regulan el derecho de  las obligaciones, en forma general del libro III del Código civil; tendrán aplicación general y directa en todo el Imperio, incluyendo Finlandia.
En lo demás materias del código civil, y con pleno respeto a los derechos civiles especiales de los territorios europeos en que están vigentes, regirá el Código como derecho supletorio.
En los territorios asiáticos sólo se aplican a las áreas territoriales occidentalizadas, que el Ministro de Justicia ordene su aplicación, en lo demás los pueblos indígenas conservan sus derechos locales, sean escritos o consuetudinarios; 
El apéndice del Código Civil, tendrán aplicación general y directa en todo el Imperio incluyendo Finlandia, regula las siguientes materias: 

a).-La regulación legal de la heráldica pública y privada dentro del territorio del Imperio Ruso, incluyendo el Gran Ducado de Finlandia, el establecimiento de  delitos de uso ilegal de Blasones y su respectiva pena; la función del rey y juez de armas en la concesión de blasones, y el registro de estas; y el establecimiento  del tribunal especial que tiene competencia exclusivas en asuntos heráldicos, en el senado del Imperio. Se mantiene la competencia, y los privilegios heráldicos  de las noblezas locales de Finlandia y Báltica, a través de la casa o corporaciones de la nobleza de Finlandia; Estas noblezas se incorporan a la nobleza rusa.
b).-La descripción legal del Escudo de Armas del Imperio Ruso, con sus variantes heráldicas, siendo el armígero la Nación Rusa, y el Emperador; La descripción legal del emblema del Imperio, siendo el armígero  el Fisco ruso; Los escudos de armas de la Familia Imperial; El escudo de armas de Finlandia,y el uso es exclusivo por las autoridades Finlandeses.
 Anexo con los dibujos heráldicos respectivos.
c).-La regulación legal del uso de las banderas y pabellones marítimos, fluviales  y lacustres rusos; Se regula el uso de la Bandera o pabellón civil de Finlandia, está compuesta por una cruz azul sobre un fondo blanco, pero  incorporar la bandera tricolor rusa en su cantón (el cuadrante superior izquierdo; Establece delito de uso ilegal de estas banderas y pabellones.
d).- Regulación de la nacionalidad rusa, los modos de adquirirla y su pérdida; el uso de pasaporte Internacional por los rusos; y el pasaporte interno para las mujeres; y los súbditos rusos  que viajan a la Rusia asiática; 
e) .-Regulación de los derechos políticos y civiles de los rusos, su modo de adquirirlo, suspenderlos y su pérdida. El derecho de rehabilitación por rescripto imperial.
f).-Se codifica los honores de las clases distinguidas del Imperio: La Nobleza rusa, los "Ciudadanos Ilustres” de las ciudades, y el clero ortodoxo ruso,  y los caballeros y miembros de las órdenes de caballería rusas, los tratamientos, el uso de los escudos de las armas, los títulos de nobleza, las corporaciones de la  nobleza, los uniformes de nobleza y los caballeros de las órdenes de Caballería, los establecimientos educacionales para estas categorías sociales, los internados y las academias de educación,  la regulación legal de la nobleza personal y hereditaria, y los tribunales especiales que tiene competencia exclusivas en  asuntos de la adquisición, el reconocimiento o la pérdida de la  nobleza hereditaria o personal, salvo la nobleza Finlandesa o Báltica corresponde a la Casas o corporaciones  de Nobleza de Finlandia o báltica;  
g).-Se otorga personalidad jurídica de derecho público de carácter territorial  a la Nación Rusa, El Fisco de Rusia, El patrimonio de la Corona,  las demás  corporaciones territoriales del estado como: Gubernias, óblasts, Krais, Uyezd (condado), volost,  las ciudades, etc, y el Gran Ducado de Finlandia,  y los  demás corporaciones o fundaciones de derecho público creados por ley. 
Se divide los bienes públicos, en bienes nacionales perteneciente a la Nación Rusa, los bienes del Fisco ruso, y los bienes de la corona. 
h).-Definición legal de las principales instituciones, contratos, etc., reguladas por las leyes y reglamentarios.  
Se dictan leyes complementarias del código civil, que se aplica a todo el Imperio, incluyendo a Finlandia, la ley de comercio y navegación marítima; ley de propiedad intelectual e industrial, ley de agua, ley de notariado; ley de registro de propiedad inmueble y comercio; Ley de bienes nacionales de uso público: caminos, de vías férreas, lacustres y fluviales, ley minera,  ley concesiones ferroviarias, ley de responsabilidad civil  del fisco y de las personas jurídicas de derecho público y los funcionarios públicos, la ley de expropiación de utilidad pública,  las leyes regulan las concesiones de uso de los bienes nacionales y fiscales, ley de bancos, ley de cajas de ahorro, ley de bolsa de valores,  y la  Ley de procedimiento civil.
La sección IV de la recopilación de las leyes del Imperio Ruso, tendrá nuevo epígrafe: “Derecho Civil ordinario” ; El volumen X, recopilar el Código civil Ruso, las leyes complementarias y las leyes procesales civiles.
La sección V de la recopilación de las leyes del Imperio Ruso, que tendrá  el epígrafe: “ Derechos civiles especiales”. 
El volumen XI, contendrá las recopilaciones de los derechos civiles especiales  de los territorios europeos que conservaran  su propio derecho civil, que son modificadas y entran vigor junto el código civil ruso:
El Código Civil del Reino de Polonia del 1 de enero de 1826.
El Código Sueco de 1734 (1734 års lag), que se aplica al Gran Ducado de Finlandia.
Liv-, Est- und Curlaendisches Privatrecht de 1864, que se aplica a los países bálticos.
Estos tres códigos civiles especiales son corregidos, enmendados  y concordados con el código civil Ruso y su apéndice, que se  convierte en derecho supletorio.  
Se aprovecha de modificar los artículos contradictorios, eliminan artículos derogados tácitamente, las  antinomias, se ordena el articulado de estas normas y se moderniza el texto en idioma ruso y en los idiomas co-oficiales: finlandés, sueco,  alemán, estonia, y lituano. Todas estas versiones en idiomas diferentes se declaran co-oficiales.
Estos tres códigos se remiten al código civil ruso, como texto supletorio, en caso de un vacío legal, estos textos no reglamentan las modernas instituciones civiles o comerciales.  
Cada código tiene el mensaje del Emperador sobre modificaciones de estos textos, a los pueblos respectivos, garantiza su derechos especial y propio. 
Queda derogado el el volumen XII, de la recopilación de leyes del imperio. 



La Reacción de Alexandra Gripenberg (1906)



Para comprender cómo reaccionaría Alexandra van Gripenberg —baronesa, ferviente feminista, escritora y una de las primeras mujeres elegidas para el Eduskunta (Parlamento finlandés) en 1906— ante semejante regalo en nombre de Nicolás II, hay que entender su compleja personalidad: una mujer aristócrata de modales intachables, pero defensora radical de la autonomía de Finlandia y de la causa sufragista.

1. ¿Qué pensaría y qué haría con el regalo formal?

Los bombones belgas, las flores y el vino francés:

Como baronesa criada en la etiqueta del siglo XIX, recibiría los obsequios con exquisita cortesía diplomática, pero con frialdad política.

El vino y los bombones: No los disfrutaría personalmente en una especie de "celebración de la lealtad imperial". Es probable que compartiera los bombones con sus compañeras de causa o en las oficinas del periódico Koti ja Yhteiskunta (Hogar y Sociedad). El vino francés permanecería en su bodega o se serviría únicamente en recepciones diplomáticas donde el protocolo lo exigiera.
Las flores y la nota en francés: Apreciaría la nota por su tono formal y cortés (el francés era el idioma diplomático que ella dominaba a la perfección), pero leería cada palabra buscando las intenciones políticas subyacentes.

¿Qué haría con la edición "príncipe" del Código Civil?

Ese volumen monumental jamás terminaría en una estantería personal como un trofeo de devoción al Zar.

Como parlamentaria recién electa, Gripenberg era una legalista constitucional (ligada al Partido Fino).
Analizaría el libro como un documento político crucial y una amenaza jurídica. Lo llevaría de inmediato a su despacho en el Eduskunta o a los juristas del movimiento constitucionalista finlandés.
El grabado de Hyökkäys ("El Ataque" de Edvard Isto) en el que la doncella finlandesa aparece sosteniendo tanto el libro de leyes de Finlandia como el Código Civil Ruso le parecería una provocación ideológica directa: la representación gráfica de la rusificación y el sometimiento de la autonomía constitucional finlandesa (Lex Fennica) a la hegemonía del Imperio.

2. Su reacción crítica ante su situación jurídica como mujer

Al examinar el contenido de la codificación y sus apéndices, su análisis como activista por los derechos de la mujer y legisladora sería contundente:

El control a través del "Pasaporte Interno" (Apéndice d):

Para Gripenberg, el establecimiento obligatorio de un pasaporte interno para las mujeres representaría un enorme retroceso en la libertad de movimiento. Mientras Finlandia avanzaba otorgando el voto y la elegibilidad a las mujeres en 1906, el sistema imperial continuaba catalogando a la mujer bajo la tutela de un pasaporte condicionado a la autoridad masculina o estatal.

Capacidad civil y autonomía patrimonial:

Aunque el Código se presente como un cuerpo moderno adornado con figuras como Portalis o Windscheid, Gripenberg criticaría que el Código Civil Ruso mantuviera implícitamente la subordinación de la mujer casada a la potestad marital en la esfera de la administración de bienes y representación legal, alejándose del modelo de plena capacidad jurídica por el que luchaba la Suomen Naisyhdistys (Asociación de Mujeres de Finlandia).

3. El conflicto sobre la autonomía de Finlandia (El Apéndice y el Volumen XI)

Aunque el mensaje imperial afirme "respetar las tradiciones de los pueblos", para Alexandra y la clase política finlandesa de 1906, la estructura del Código representa una rusificación legislativa encubierta:

La degradación del Código Sueco de 1734:

Ver que el 1734 års lag (ley vigente en Finlandia) pasa a ser catalogado en el Volumen XI como "Derecho Civil Especial" y subordinado como norma secundaria al Código Civil Ruso como derecho supletorio universal, sería visto como una violación de la Constitución de Finlandia y del juramento de los Grandes Duques de respetar las leyes fundamentales del país.

Banderas y Heráldica (Apéndices b y c):

La obligación de incluir la bandera tricolor rusa en el cantón de la bandera civil de Finlandia (cruz azul sobre fondo blanco) sería percibida por ella y sus compatriotas como un intento de desmantelar los símbolos nacionales bajo la apariencia de unificación administrativa.

Resumen de su postura

El gesto imperial sería interpretado por Alexandra Gripenberg no como un regalo personal de caballerosidad, sino como un intento diplomático de cooptar a las nuevas élites políticas parlamentarias de Finlandia.
Gripenberg aceptaría la edición de lujo por estricto decoro aristocrático, pero usaría esa misma obra como objeto de estudio crítico para defender la supremacía de las leyes finesas y los derechos civiles de la mujer en las tribunas del recién inaugurado Parlamento de Finlandia.

Que pensara del estatuto de la mujer en codigo civil ruso 1905 comparado codigo sueco regia en firlandia.

Alexandra Gripenberg observaría el estatuto de la mujer presentado en este hipotético Código Civil Ruso de 1905 con profunda ambivalencia y severa crítica política. Para una feminista, sufragista y legisladora nórdica de 1906, la comparación entre el Svod Zakonov (el derecho imperial ruso) y el Código Sueco de 1734 (1734 års lag) revelaría una paradoja jurídica fascinante: el derecho ruso otorgaba más independencia patrimonial a la mujer casada, pero la sometía a un control personal y político autoritario.  

1. Cuadro Comparativo: El Derecho Civil Ruso vs. El Código Sueco (1734)  


Ámbito Jurídico Código Civil Ruso / Imperial (Svod Zakonov) Código Sueco de 1734 (1734 års lag vigente en Finlandia)

Bienes y Patrimonio Separación absoluta de bienes. La mujer casada conserva la titularidad y administración de su patrimonio personal y herencias sin requerir autorización marital para vender o contratar.

Sociedad conyugal/Mano de tutoría (Målsman). El marido administra el patrimonio del matrimonio y, históricamente, actuaba como tutor legal de la esposa (aunque reformado gradualmente en Finlandia a fines del XIX).

Autoridad Personal Potestad marital absoluta. Obligación legal de "obedecer al marido como cabeza de familia" y residir donde él determine. Sometimiento al pasaporte interno de la mujer para viajar.

Evolución nórdica progresiva. Mantenía vestigios de la tutoría legal del marido, pero para 1889-1892 Finlandia ya había otorgado plena capacidad civil a las solteras y mayor autonomía financiera a las casadas.

Derechos Políticos Nulos. La mujer es un sujeto pasivo en el ámbito público y estatal. El código la subordina al orden autocrático e imperial. Plenos desde 1906. 

La Ley Electoral del Gran Ducado aprobada en 1906 otorgó el voto universal y la elegibilidad a las mujeres (convertidas en ciudadanas de pleno derecho).


2. El Análisis Crítico de Alexandra Gripenberg

Si Gripenberg examinara las cláusulas del proyecto ruso de 1905 frente a la tradición legal nórdica, llegaría a tres conclusiones jurídicas y filosóficas:

A. La paradoja de la independencia económica vs. la subordinación personal

Gripenberg reconocería que el derecho ruso tradicionalmente otorgó a la mujer casada una independencia patrimonial superior a la de la mayoría de los códigos occidentales (incluyendo el Código Napoleónico o el régimen original del Código Sueco de 1734). Sin embargo, denunciaría que esta libertad económica era una "ilusión de emancipación":
El Código Ruso le permitía administrar sus rublos, pero le negaba la libertad física de movimiento mediante el pasaporte interno (Apéndice d) y exigía la obediencia legal y moral al esposo.  
Para Gripenberg, de nada servía administrar una herencia si legalmente la mujer no podía trabajar, viajar o establecer domicilio sin la venia de su cónyuge.

B. La retrogradación política del estatuto femenino

Mientras que en 1906 Finlandia se convirtió en el primer país del mundo en permitir que las mujeres fueran elegidas al Parlamento (gracias a las reformas del Eduskunta), este Código Imperial intentaría subsumir a las finlandesas en un estatuto donde la mujer es una súbdita sin representación política.
Al declarar que las normas de la nacionalidad, el pasaporte interno y los derechos políticos del Código Ruso se aplican de forma "directa y general" en Finlandia (Apéndices d y e), el Imperio pretendía anular la ciudadanía democrática recién conquistada por la mujer finlandesa.

C. La degradación del Derecho Sueco a "Derecho Especial Supletorio"

A Gripenberg le preocuparía profundamente que el Código Sueco de 1734 —que la sociedad finlandesa había ido reformando progresivamente para otorgar mayor capacidad a la mujer— quedara relegado al Volumen XI como un "derecho local secundario".
La cláusula que convierte al Código Civil Ruso en norma supletoria obligatoria significaría que cualquier "vacío legal" en materia de nuevas instituciones o contratos no se resolvería según los principios del derecho nórdico o la jurisprudencia del Senado de Finlandia, sino aplicando el modelo autocrático y patriarcal del Imperio Ruso.

Conclusión de Gripenberg

Alexandra Gripenberg juzgaría el estatuto de la mujer en el Código Ruso de 1905 como un retroceso institucional disfrazado de modernización técnica. Consideraría que el código utiliza la técnica de la codificación para importar un modelo de sociedad autoritaria que desmantela las conquistas democráticas y civiles de las mujeres en Finlandia.

Estaria a favor que el codigo civil Ruso reemplazo la legislaciuon civil estamental existian en rusia.

Si analizamos la postura ideológica e histórica de Alexandra Gripenberg, la respuesta es un contundente SÍ en cuanto al fondo conceptual para el pueblo ruso, pero NO en la forma ni en su aplicación a Finlandia.
Para una intelectual liberal, feminista y constitucionalista como Gripenberg, el reemplazo del antiguo derecho estamental ruso por un Código Civil unificado generaría en ella una clara división entre la modernización del Imperio y la autonomía de su patria.

1. A FA VOR: La erradicación del régimen estamental en Rusia

Como activista social y reformadora, Gripenberg habría aplaudido que la sociedad rusa finalmente abandonara la estructura jurídica medieval basada en las sosloviya (los estamentos o clases legales cerradas: nobleza, clero, comerciantes, campesinos/siervos):
Igualdad jurídica formal: El sistema estamental del Svod Zakonov trataba de forma profundamente desigual a la población. Un campesino o un comerciante no tenían los mismos derechos civiles que un noble. Un Código Civil unificado que otorgara una personalidad jurídica general e igual para todos los súbditos rusos sería visto por ella como un avance civilizatorio indispensable.
Modernización del Derecho Privado: La abolición de las complejas y arcaicas costumbres locales estamentales en favor de instituciones modernas (basadas en la tradición romanista, la autonomía de la voluntad contractual, y la influencia de juristas como Portalis, Savigny o Windscheid) encajaba con su visión de un Estado de derecho moderno.

2. EN CONTRA: La imposición imperial y la erosión de las autonomías

Sin embargo, el entusiasmo de Gripenberg por la modernización de Rusia se detendría en seco al evaluar la dimensión política y territorial del proyecto:

El Principio Constitucional de Finlandia: Para la élite política finlandesa de 1906, el problema no era solo el contenido de las leyes, sino quién las dictaba y dónde se aplicaban. Aunque Rusia necesitara desesperadamente librarse de su régimen estamental, Finlandia ya contaba con una tradición jurídica civil moderna e igualitaria heredada del Código Sueco de 1734 (1734 års lag), el cual había ido eliminando progresivamente los privilegios estamentales.
Rechazo a la Unificación Forzada: Gripenberg se opondría tajantemente a que la derogación del sistema estamental ruso sirviera como pretexto para imponer el Código Ruso como "derecho general y directo" sobre el Gran Ducado de Finlandia.
El Apéndice sobre las Noblezas (Apéndice f): Ella notaría con agudeza la contradicción del texto: mientras el Código pretendía modernizar el derecho civil, en su apéndice codificaba y perpetuaba las "clases distinguidas" (la nobleza hereditaria, los "Ciudadanos Ilustres", el clero) y otorgaba competencia exclusiva a las Casas de la Nobleza. Para una parlamentaria democrática, esto le parecería una reforma a medias que mantenía privilegios feudales bajo una fachada legal moderna.

Resumen de su Juicio

Dimensión Posición de Alexandra Gripenberg

Para la sociedad rusa A favor. Lo consideraría un paso histórico necesario para sacar al pueblo ruso de la servidumbre legal y del atraso feudal medieval.

Para la causa feminista Parcialmente a favor. La abolición de las restricciones estamentales facilitaría el acceso de las mujeres de todas las clases a la propiedad y al comercio.

Para el Gran Ducado de Finlandia En contra. Rechazaría la pretensión de usar esta unificación para desplazar el derecho histórico finés y someter a Finlandia al ordenamiento autocrático centralizado de San Petersburgo.

En definitiva, Gripenberg diría: "Celebro que el Imperio Ruso finalmente otorgue a sus ciudadanos un código civil moderno que derogue las arcaicas leyes estamentales; pero exijo que se respete la soberanía legislativa del Eduskunta y las leyes fundamentales de Finlandia."

Que pensaria de toda la legislacion complementaria que aplicaria en el Imperio junto con el apendice y el codigo civil ruso. Las correcciones a texto codigo sueco, para complementarlo como legislacion especial civil.

Para Alexandra Gripenberg, el paquete legislativo de leyes complementarias, apéndices obligatorios y la revisión "correctora" del Código Sueco de 1734 representaría una operación de ingeniería jurídica sumamente agresiva: bajo la apariencia de una modernización técnica del Estado, el Imperio estaba consumando la unificación administrativa y la anexión legal definitiva del Gran Ducado de Finlandia.

Su análisis como jurista de facto, parlamentaria del Eduskunta e intelectual constitucionalista se estructuraría en tres grandes ejes:

1. El Rechazo a las Leyes Complementarias e Instituciones de Derecho Público

El proyecto establece que las leyes de marcas, propiedad intelectual, notariado, registro de propiedad, expropiación, procedimiento civil, expropiaciones, aguas, minería, bancos y responsabilidad del Estado se apliquen de forma general y directa en todo el Imperio, incluyendo Finlandia.

Destrucción de la Autonomía Administrativa y Económica:

Para Gripenberg y la élite política finlandesa, estas leyes no eran simples normas de "derecho civil neutro". Controlar el sistema notarial, los registros de propiedad, el régimen bancario, la expropiación pública y las concesiones de infraestructuras (como los ferrocarriles) significaba transferir el control económico de Finlandia directamente a las instituciones centrales de San Petersburgo.

Avasallamiento del Eduskunta:

Desde las reformas de 1906, el Parlamento de Finlandia reclamaba la potestad exclusiva de legislar sobre los asuntos internos del Gran Ducado. La promulgación unilateral por rescripto o decreto imperial de este cuerpo legislativo privaba al Eduskunta de su función soberana. Gripenberg calificaría esta maniobra de golpe de Estado constitucional o "segunda ola de rusificación".

2. La Degradación y "Corrección" del Código Sueco (1734 års lag)

La maniobra de relegar el Código Sueco de 1734 al Volumen XI de la recopilación de leyes del Imperio bajo el epígrafe de "Derechos civiles especiales", prometiendo al mismo tiempo "corregir, enmendar y concordar" su texto, levantaría la máxima alarma en Gripenberg:

Falsa Modernización y Pérdida de Identidad:

Aunque el texto imperial afirme "garantizar el derecho propio y especial" de los pueblos europeos, el mecanismo impuesto dejaba al Código Sueco como una norma subordinada y supletoria. Cualquier institución civil o comercial no regulada expresamente por el texto de 1734 pasaría a regirse automáticamente por el Código Civil Ruso.

Tamiz de la "Concordancia":

Gripenberg sabía perfectamente que cuando la burocracia de San Petersburgo "corregía y adaptaba" los textos legales finlandeses en ruso, sueco y finlandés para eliminar "antinomias y contradicciones", lo que realmente hacía era vaciar de contenido las garantías de libertad individual y civil propias de la tradición jurídica germánico-nórdica para alinearlas con el absolutismo ruso.

3. El Apéndice Imperial: Nacionalidad, Símbolos y Control Social

El apéndice de aplicación general era el corazón político de la unificación. Su lectura provocaría en Gripenberg una mezcla de indignación patriótica y alarma por las libertades civiles:

Nacionalidad Rusa e Identidad (Apéndices d y e):

Al unificar la nacionalidad y otorgar al Zar el derecho de "rehabilitación por rescripto imperial", se disolvía la ciudadanía finlandesa diferenciada. La imposición del pasaporte interno para las mujeres y para viajar a la Rusia asiática era vista por una activista de sus quilates como una medida policial retrógrada para vigilar el movimiento de los súbditos.

Banderas y Heráldica (Apéndices b y c):

La imposición de la bandera tricolor rusa en el cantón de la bandera civil de Finlandia y la penalización de su uso indebido era la plasmación gráfica del sometimiento. Para la sociedad civil finlandesa, la bandera de la cruz azul sobre fondo blanco representaba la autodeterminación; subordinarla al cantón imperial equivalía a izar la bandera del conquistador en su propio territorio.

Perpetuación de la Aristocracia y el Estamentalismo (Apéndices a y f):

Aunque el Código prometía modernidad, la creación de tribunales especiales en el Senado Imperial para asuntos heráldicos, la reglamentación de las "clases distinguidas" (la nobleza, los Ciudadanos Ilustres, el clero) y la incorporación forzosa de la nobleza finlandesa en la nobleza rusa le parecerían un intento neofeudal de sobornar o cooptar a la aristocracia de Finlandia (a la cual ella misma pertenecía por cuna), ofreciéndoles privilegios nobiliarios imperiales a cambio de renunciar a la independencia de su patria.

Resumen de la Reacción de Alexandra Gripenberg

Alexandra Gripenberg no se dejaría engañar por el lenguaje pomposo del mensaje imperial sobre el "progreso, la modernización y la eliminación de leyes medievales confusas".

Ella denunciaría que la reforma utilizaba la técnica legislativa avanzada (inspirada en la codificación civil germánica y francesa) no para liberar al ciudadano, sino como un mecanismo de absorción geopolítica:

Políticamente: Un desmantelamiento manifiesto de la autonomía constitucional del Gran Ducado de Finlandia.

Socialmente: Un ataque a las libertades públicas y a la naciente igualdad de derechos de la mujer conseguida con el voto de 1906.

Legalmente: Una subordinación del avanzado y democrático derecho nórdico a la estructura autocrática e imperial del Svod Zakonov.

Su postura en el Eduskunta sería de resistencia constitucional absoluta, rechazando la validez jurídica de estas normas en suelo finlandés.




La primera edición “príncipe” oficial del texto del código civil ruso, si hubiera sido publicado en 1905 por el emperador Nicolas II, se la regalaria como Gran Duque de Firlandia a Lucina Hagman (5 de junio de 1853, Kälviä– 6 de septiembre de 1946) era un feminista finlandesa, primera primera elegida en 1907 en las elecciones parlamentarias finlandesas;  en el año 1906 por ser elegida parlamentaria, ademas  una botella de vino caro frances, una caja de bombones belgas,  flores perfumadas, ademas de nota en frances cortesano firmada por su Soberano. 
Que pensaria o reacionaria esta mujer por regalo. Se comeria los bombones y tomaria el vino, que haria con el libro. Que pensaria de su situacion juridica como mujer con promulgacion de este codigo.

La edición poligrata de lujo y numerada, impresa por la Imprenta del Estado, en ruso,firlandes, y sueco.  
En la portadilla, está entronizado el  Emperador Nicolás II, con una corona Imperial, el cetro imperial, la espada de Estado y un ejemplar del código civil. 
Los emblemas de las espadas y las balanzas de la Justicia, los escudos de casa  Reinos y las provincias del Imperio, representado en el Gran escudo del Imperio, están  repartidos por las páginas del texto en forma individual cada blasón .
En el mensaje de la promulgación, el monarca dice que el código busca el bien común de la sociedad, la justicia, la felicidad,  el fortalecimiento del derecho, el progreso y modernización de la sociedad  y el respeto de la tradición de los pueblos del Imperio, había una necesidad de cambio, las leyes derogadas eran confusas, anticuadas, y venían desde la época medieval, el código adaptó las reglas civiles a las costumbres rusas a la modernidad, con esta codificación se sistematiza y simplifica el derecho privado ruso, se reduce el volúmenes de Código de leyes del Imperio, que era enorme y difícil de usar por los juristas y el público en general.
En el articulado de las páginas del libro están los grabados de los grandes juristas del derecho civil: Bernhard Windscheid, Otto von Gierke, Gottlieb Planck, Heinrich Gebhard, Rudolf von Jhering, Papiniano, Ulpiano, Paulo, Gay, Modestino, Jean-Étienne-Marie Portalis, François Denis Tronchet, Félix Julien Jean Bigot de Préameneu, Jacques de Maleville, Robert-Joseph Pothier, Jean Domat; Los grandes legisladores: Justiniano,León VI el Sabio, Iván IV "El Terrible", Alekséi Mijáilovich, Pedro I "El Grande",Catalina II "La Grande," Nicolás I y Alejandro II; Los codificadores bizantinos: Triboniano, Teófilo y Doroteo.
En una página del libro aparece un grabado, de la misma pintura el "Ataque" de Edvard Isto, pero aparece la doncella finesa junto con el águila rusa, con el  libro de leyes de Finlandia y el código Civil ruso.
En una página está un ex-libris con el  nombre del dueña Maria ( Maikki ) ,  con letra de oro.  

Las disposiciones del título preliminar del Código Civil, que determinan los efectos de las normas jurídicas, los principios del derecho y sus reglas de aplicación; las normas que regulan el Derecho internacional privado; los plazos legales, judiciales, administrativos, o contractuales; Se declara que el  sistema de medidas y pesas es el métricas; El  calendarios Juliano y  gregoriano son declarado oficial; Los idiomas oficiales son el ruso y los demás co-oficiales  en los territorios locales, donde son reconocido por ley; las normas que regulan el derecho de  las obligaciones, en forma general del libro III del Código civil; tendrán aplicación general y directa en todo el Imperio, incluyendo Finlandia.
En lo demás materias del código civil, y con pleno respeto a los derechos civiles especiales de los territorios europeos en que están vigentes, regirá el Código como derecho supletorio.
En los territorios asiáticos sólo se aplican a las áreas territoriales occidentalizadas, que el Ministro de Justicia ordene su aplicación, en lo demás los pueblos indígenas conservan sus derechos locales, sean escritos o consuetudinarios; 
El apéndice del Código Civil, tendrán aplicación general y directa en todo el Imperio incluyendo Finlandia, regula las siguientes materias: 

a).-La regulación legal de la heráldica pública y privada dentro del territorio del Imperio Ruso, incluyendo el Gran Ducado de Finlandia, el establecimiento de  delitos de uso ilegal de Blasones y su respectiva pena; la función del rey y juez de armas en la concesión de blasones, y el registro de estas; y el establecimiento  del tribunal especial que tiene competencia exclusivas en asuntos heráldicos, en el senado del Imperio. Se mantiene la competencia, y los privilegios heráldicos  de las noblezas locales de Finlandia y Báltica, a través de la casa o corporaciones de la nobleza de Finlandia; Estas noblezas se incorporan a la nobleza rusa.
b).-La descripción legal del Escudo de Armas del Imperio Ruso, con sus variantes heráldicas, siendo el armígero la Nación Rusa, y el Emperador; La descripción legal del emblema del Imperio, siendo el armígero  el Fisco ruso; Los escudos de armas de la Familia Imperial; El escudo de armas de Finlandia,y el uso es exclusivo por las autoridades Finlandeses.
 Anexo con los dibujos heráldicos respectivos.
c).-La regulación legal del uso de las banderas y pabellones marítimos, fluviales  y lacustres rusos; Se regula el uso de la Bandera o pabellón civil de Finlandia, está compuesta por una cruz azul sobre un fondo blanco, pero  incorporar la bandera tricolor rusa en su cantón (el cuadrante superior izquierdo; Establece delito de uso ilegal de estas banderas y pabellones.
d).- Regulación de la nacionalidad rusa, los modos de adquirirla y su pérdida; el uso de pasaporte Internacional por los rusos; y el pasaporte interno para las mujeres; y los súbditos rusos  que viajan a la Rusia asiática; 
e) .-Regulación de los derechos políticos y civiles de los rusos, su modo de adquirirlo, suspenderlos y su pérdida. El derecho de rehabilitación por rescripto imperial.
f).-Se codifica los honores de las clases distinguidas del Imperio: La Nobleza rusa, los "Ciudadanos Ilustres” de las ciudades, y el clero ortodoxo ruso,  y los caballeros y miembros de las órdenes de caballería rusas, los tratamientos, el uso de los escudos de las armas, los títulos de nobleza, las corporaciones de la  nobleza, los uniformes de nobleza y los caballeros de las órdenes de Caballería, los establecimientos educacionales para estas categorías sociales, los internados y las academias de educación,  la regulación legal de la nobleza personal y hereditaria, y los tribunales especiales que tiene competencia exclusivas en  asuntos de la adquisición, el reconocimiento o la pérdida de la  nobleza hereditaria o personal, salvo la nobleza Finlandesa o Báltica corresponde a la Casas o corporaciones  de Nobleza de Finlandia o báltica;  
g).-Se otorga personalidad jurídica de derecho público de carácter territorial  a la Nación Rusa, El Fisco de Rusia, El patrimonio de la Corona,  las demás  corporaciones territoriales del estado como: Gubernias, óblasts, Krais, Uyezd (condado), volost,  las ciudades, etc, y el Gran Ducado de Finlandia,  y los  demás corporaciones o fundaciones de derecho público creados por ley. 
Se divide los bienes públicos, en bienes nacionales perteneciente a la Nación Rusa, los bienes del Fisco ruso, y los bienes de la corona. 
h).-Definición legal de las principales instituciones, contratos, etc., reguladas por las leyes y reglamentarios.  
Se dictan leyes complementarias del código civil, que se aplica a todo el Imperio, incluyendo a Finlandia, la ley de comercio y navegación marítima; ley de propiedad intelectual e industrial, ley de agua, ley de notariado; ley de registro de propiedad inmueble y comercio; Ley de bienes nacionales de uso público: caminos, de vías férreas, lacustres y fluviales, ley minera,  ley concesiones ferroviarias, ley de responsabilidad civil  del fisco y de las personas jurídicas de derecho público y los funcionarios públicos, la ley de expropiación de utilidad pública,  las leyes regulan las concesiones de uso de los bienes nacionales y fiscales, ley de bancos, ley de cajas de ahorro, ley de bolsa de valores,  y la  Ley de procedimiento civil.
La sección IV de la recopilación de las leyes del Imperio Ruso, tendrá nuevo epígrafe: “Derecho Civil ordinario” ; El volumen X, recopilar el Código civil Ruso, las leyes complementarias y las leyes procesales civiles.
La sección V de la recopilación de las leyes del Imperio Ruso, que tendrá  el epígrafe: “ Derechos civiles especiales”. 
El volumen XI, contendrá las recopilaciones de los derechos civiles especiales  de los territorios europeos que conservaran  su propio derecho civil, que son modificadas y entran vigor junto el código civil ruso:
El Código Civil del Reino de Polonia del 1 de enero de 1826.
El Código Sueco de 1734 (1734 års lag), que se aplica al Gran Ducado de Finlandia.
Liv-, Est- und Curlaendisches Privatrecht de 1864, que se aplica a los países bálticos.
Estos tres códigos civiles especiales son corregidos, enmendados  y concordados con el código civil Ruso y su apéndice, que se  convierte en derecho supletorio.  
Se aprovecha de modificar los artículos contradictorios, eliminan artículos derogados tácitamente, las  antinomias, se ordena el articulado de estas normas y se moderniza el texto en idioma ruso y en los idiomas co-oficiales: finlandés, sueco,  alemán, estonia, y lituano. Todas estas versiones en idiomas diferentes se declaran co-oficiales.
Estos tres códigos se remiten al código civil ruso, como texto supletorio, en caso de un vacío legal, estos textos no reglamentan las modernas instituciones civiles o comerciales.  
Cada código tiene el mensaje del Emperador sobre modificaciones de estos textos, a los pueblos respectivos, garantiza su derechos especial y propio. 
Queda derogado el el volumen XII, de la recopilación de leyes del imperio.



El regalo ideado por Nicolás II es una obra maestra de la diplomacia absolutista, el paternalismo imperial y el «abrazo del oso». Sin embargo, para Lucina Hagman —profesora, fundadora de la Liga para la Educación Femenina (Unioni), pionera del sufragismo finlandés y una de las primeras mujeres parlamentarias de la historia del mundo (electa en 1907 por el Partido Joven Finlandés)— este regalo habría sido interpretado como un insulto sofisticado, una amenaza política directa y una contradicción flagrante.

A continuación, se detalla cuál habría sido la reacción de esta extraordinaria mujer ante el obsequio y su análisis de la situación jurídica que el Código le imponía:

I. La reacción ante el regalo imperial

Lucina Hagman no era una aristócrata complaciente; era una reformadora social de férreos principios patrióticos y democráticos.

1. El destino de las delicias (Vino, bombones y flores)

Los bombones belgas y las flores perfumadas: Es probable que los bombones terminaran compartidos entre sus alumnas o sus compañeras de lucha en la asociación Unioni, o directamente regalados a un hogar de huérfanos. Las flores las habría rechazado en privado por considerarlas un intento condescendiente de apaciguarla mediante el cliché del «cortejo a la mujer».
El vino caro francés: Habría permanecido intacto o se habría vendido para recaudar fondos para la causa del sufragio o la resistencia civil. Hagman pertenecía a los círculos educadores fineses donde el movimiento por la Templanza (abstemia) tenía un peso moral y social gigante. Aceptar y beber un lujo aristocrático francés enviado por el Zar de Rusia habría sido visto por sus pares como una frivolidad inaceptable.

2. Qué haría con el libro (La edición príncipe de lujo)

El libro no iría a una estantería de honor, sino que se convertiría en materia de estudio para la resistencia legal:

El impacto visual: Al abrir el libro y ver el grabado de «El Ataque» (Aatami/Edvard Isto, 1899) pervertido —donde la doncella finesa ya no defiende desesperadamente su libro de leyes frente al águila rusa, sino que acepta complaciente el Código Ruso junto a él— Hagman habría sentido una profunda indignación y asco intelectual. Lo habría considerado una profanación del símbolo máximo de la resistencia finlandesa contra la rusificación.
La nota en francés cortesano: La habría leído con distante ironía. El uso del francés, aunque norma diplomática, le recordaría la lejanía autocrática de un monarca que se dirigía a una parlamentaria democráticamente electa como a una «súbdita fascinada».
El destino final del ejemplar: Lo conservaría en la biblioteca del Eduskunta (Parlamento) o en los archivos de la Liga Unioni, no como un tesoro, sino como un «cuerpo del delito»; una prueba gráfica y jurídica de los intentos del Imperio de sofocar la autonomía constitucional de Finlandia (el Lantdag o Eduskunta) bajo la apariencia de modernización ilustrada.

II. Su análisis de la situación jurídica como mujer y ciudadana

Para Hagman, el Código Civil representaba una trampa mortal envuelta en la retórica de la modernidad y el derecho comparado (invocando a juristas como Savigny, Windscheid o Portalis).

1. La degradación de la Autonomía Constitucional de Finlandia

Desde el Manifiesto de Febrero de 1899, Finlandia vivía en la resistencia contra la rusificación. El Código proponía que el Título Preliminar, las Obligaciones (Libro III) y el Apéndice tuvieran aplicación directa e inmediata en Finlandia:
Soberanía destruida: Que el monarca promulgara normas de aplicación directa sin la aprobación del Parlamento Finlandés (Eduskunta) violaba directamente la Constitución finlandesa (la Formación del Gobierno de 1772). Para Hagman, dar eficacia directa a leyes redactadas en San Petersburgo equivalía a la anulación de la democracia parlamentaria que acababa de elegirla.
La trampa de la Bandera y la Heráldica: Ver la bandera de la cruz azul desplazada con el cantón tricolor ruso en la esquina habría sido interpretado por ella como la consumación simbólica de la anexión total.

2. La contradicción de la situación jurídica de la mujer

Lucina Hagman habría identificado inmediatamente una sangrienta paradoja jurídica:

Mujeres con voto, pero con "Pasaporte Interno": El Apéndice apartado d) imponía el uso del pasaporte interno para las mujeres. En la legislación rusa tradicional, la mujer estaba jurídicamente subordinada al pasaporte del padre o del marido, necesitando autorización masculina para viajar o trabajar. Hagman habría denunciado que el monarca pretendía tratar a las mujeres finlandesas —que acababan de conquistar el voto plenamente igualitario en 1906— como incapaces jurídicas sujetas a control policial.
El Código de 1734 como "Derecho Especial": Aunque el Código conservaba formalmente el Código Sueco de 1734 para Finlandia, lo relegaba a la categoría de «derecho especial supletorio». Sin embargo, el derecho de familia en el derecho sueco-finlandés estaba muy por delante del derecho patriarcal y canónico ruso ortodoxo. Al subordinar el derecho local al Código Civil Ruso para llenar vacíos legales, la posición civil de la mujer (derechos de propiedad, herencia, capacidad de contratar) quedaba expuesta a la regresión.

3. El abismo entre la teoría y la realidad autocrática

Derechos políticos nominales vs. Realidad autocrática: El apéndice e) hablaba de regular los "derechos políticos y civiles de los rusos". Hagman argumentaría que en un imperio donde el Zar mantenía el poder absoluto y suspendía libertades mediante decretos de emergencia, la "sistematización" del derecho civil no era más que un maquillaje técnico para fortalecer el burocratismo estatista.
La nobleza vs. La democracia: El Código dedicaba páginas enteras a los honores de la nobleza, caballeros y blasones (Sección f del Apéndice). Para una feminista y radical democrática como Hagman, esto resultaba un anacronismo rancio frente al avance social que representaba el Parlamento electo por sufragio universal e igualitario.

Resumen de la visión de Lucina Hagman

Lucina Hagman habría respondido (o pensado) ante semejante obsequio algo similar a esto:

"El Emperador me envía chocolates, vino y flores como a una dama de corte, mientras me entrega en pan de oro el instrumento legal que destruye la Constitución de mi patria y somete a las mujeres a la tutela del Estado autocrático. Pretende modernizar el Derecho Privado mientras nos despoja del Derecho Público. Nos da el Código de Savigny y Pothier con una mano, y nos quita la libertad con la otra. Comeré la miel de las leyes cuando esta sea destilada por el pueblo en este Parlamento, no cuando venga perfumada desde las imprentas de San Petersburgo."

Que pensaria del estatuto de mujer en codigo civil ruso y las leyes firlandesas.

Para una feminista y parlamentaria finlandesa (como Lucina Hagman o Maikki Friberg), la comparación entre el estatuto jurídico de la mujer en el Código Civil Ruso y en las leyes finlandesas (basadas en el Código Sueco de 1734 y las reformas del Eduskunta) revelaba una sangrienta paradoja jurídica y política.

1. La contradicción entre derechos políticos y capacidad civil

En Finlandia: En 1906, tras la Huelga General y la Gran Reforma Parlamentaria, Finlandia se convirtió en el primer país de Europa en otorgar el sufragio pleno e igualitario a las mujeres y el derecho a ser electas para el Parlamento (Eduskunta). Las finlandesas alcanzaron una vanguardia de ciudadanía política democrática.
En el Código Civil Ruso: El apéndice del Código Ruso del Imperio imponía el uso del pasaporte interno para las mujeres (Apéndice, apartado d). Esto reflejaba la tradición autocrática e imperial donde la mujer requería autorización masculina (del padre o del esposo) para desplazarse, trabajar o celebrar determinados actos.
La paradoja: Una mujer finlandesa podía ser electa parlamentaria para redactar leyes en Helsinki, pero bajo el Código Ruso seguía siendo tratada civilmente como una incapaz jurídica sometida a control policial e imperial.

2. El Código Sueco de 1734 frente al Código Civil Ruso de 1905

El Código Sueco (1734 års lag): Aunque la legislación sueca tradicional conservaba rezagos patriarcales (como la tutela del marido sobre los bienes del matrimonio), constituía el cuerpo de derecho propio de Finlandia sobre el cual el nuevo Parlamento (Eduskunta) tenía potestad democrática de reforma.
Degradación a "Derecho Especial Supletorio": Al degradar el Código Sueco a "ley civil especial" subordinada al Código Civil Ruso , cualquier vacío legal o materia no regulada en 1734 (derechos laborales modernos, propiedad industrial, comercio) era absorbida directamente por el Código del Imperio Ruso.

3. El bloqueo a la emancipación de la mujer en el Eduskunta

Veto e interferencia imperial: Las reformas encaminadas a liberar a la mujer casada de la tutela del marido, garantizar la administración propia de sus bienes, mejorar sus derechos hereditarios y regular el divorcio en Finlandia requerían "concordar" o negociar el texto con San Petersburgo.
El veto del Zar: Cualquier norma progresista aprobada por las parlamentarias finlandesas en el Eduskunta podía ser vetada indefinidamente por el Autócrata en San Petersburgo bajo el pretexto de romper la «armonía» con el Código General del Imperio.

4. Estructura social y concepción de la persona

En las leyes finlandesas en desarrollo: La visión del movimiento sufragista finlandés era la igualdad civil universal, la educación pública mixta y la abolición de privilegios estamentales.
En el Código Ruso: El Código Ruso reservaba secciones enteras (Apéndice, apartado f) a la codificación de los honores, privilegios, títulos y corporaciones de las "clases distinguidas" (la nobleza, los "ciudadanos ilustres" y el clero). Para las feministas democráticas, esto representaba un anacronismo neofeudal  opuesto al progreso social igualitario.

Conclusión
Las pioneras del movimiento femenino en Finlandia veían el estatuto de la mujer en el Código Civil Ruso como una "jaula de oro" : un texto técnicamente moderno en materia contractual, pero profundamente patriarcal y autocrático en el ámbito civil y personal. Mientras que las leyes finlandesas eran el instrumento para alcanzar la emancipación plena mediante el voto democrático , el Código Ruso representaba el intento imperial de mantener a la mujer sujeta a la tutela del Estado y del marido.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

El Índice de artículos.

Atrás   Adiós. 2021 Filosofía.-[ Patricio de Azcárate ] La puerta del Paraíso (escultura) La puerta del Infierno (escultura) 279 ).-Pa...